Prohibido salir de ruta en moto
Este sábado se han anunciado las medidas que va a tomar el Gobierno tras decretar el estado de alarma en España para contener la fuerte expansión del coronavirus en el país.
El Consejo de Ministros se ha reunido este sábado y entre las medidas acordadas para atajar la crisis del COVID-19 se encuentra la de limitar los desplazamientos de los ciudadanos, que sólo podrán salir de casa «de forma individual» en los siguientes ocho supuestos.
- Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.
- Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
- Desplazamiento al puesto de trabajo para efectuar prestaciones laborales, profesionales o empresariales.
- Retorno al lugar de residencia habitual.
- Asistencia y cuidado a personas mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
- Desplazamiento a entidades financieras.
- Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
- Cualquier otra actividad de naturaleza análoga debidamente justificada
Si bien es cierto que en ningún lugar aparece una prohibición expresa de ir en moto, si que se concreta en qué supuestos podemos usarla en nuestro día a día de las próximas semanas.
Eso es, podremos ir a trabajar, volver a casa o ir a comprar comida o medicamentos, pero en ningún caso usarla con fines recreativos o para salir de ruta.
Si bien en el borrador del Real Decreto se hacía referencia a que la entrada en vigor de la limitación a la circulación entraría en vigor el lunes 16 de marzo a las 8 de la mañana, en el BOE no aparece ninguna mención a ello, con lo que la medida ya está en vigor.
Y es que estos días, para poder seguir haciendo lo que más nos gusta, debemos parar y sumarnos al #yomequedoencasa
Tomado de solomoto.es