¿Qué implican las fases de desconfinamiento para las motos?
El plan de desconfinamiento del Gobierno español, emulando al realizado por la mayoría de sus vecinos europeos, presenta todavía muchas lagunas que deberían aclararse (o eso esperamos) cuando sea publicado en el BOE. De la misma manera también es de prever que sufrirá modificaciones en los próximos días.
Como ya sucedió con los iniciales planes de movilidad de desconfinamiento, donde el desplazamiento en moto fue el gran olvidado (se recomienda el uso del automóvil particular y de las bicicletas, en caso de tener que ir al lugar de trabajo), tampoco se hace referencia a las motos en las cinco fases de desconfinamiento presentados.
En el Plan de Transición a una Nueva Normalidad hay que hacer hincapié en el Anexo II, que habla de una “Previsión Orientativa para el Levantamiento de las Limitaciones de Ámbito Nacional Establecidas en el Estado de Alarma”.
En general y en la Fase 0, seguirá estando prohibido circular por las vías públicas. Sólo se puede salir de casa para comprar alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad; ir a centros, servicios y establecimientos sanitarios; acudir al lugar de trabajo; regresar al domicilio; asistir al cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables; ir a entidades financieras y de seguros; por una causa de fuerza mayor o situación de necesidad. Asimismo, se puede ir a una gasolinera para repostar del coche si se utiliza en los casos antes citados.
¿Podemos llevar a alguien en la moto? los desplazamientos autorizados deben realizarse de forma individual, salvo que se acompañe a personas dependientes o por otra causa justificada.
En la Fase 1 simplemente se habla de limitación de ocupación de los vehículos privados, salvo en personas que residan en el mismo domicilio, que en este caso podrían ir juntos, sin citar ejemplos claros de en qué desplazamientos.
En la Fase 2 es posible acudir en vehículo a segundas residencias, siempre que éstas se encuentren dentro de la misma provincia. Aquí está más claro: si se dispone de segunda residencia se podrá ir allí en moto. En todo caso, deberá justificarse este punto.
Sobre el punto de la Fase 0, el comunicado dice que está permitida “la actividad deportiva sin contacto (montar en bici, correr, patinar, surf, etc.) siempre que se haga de forma individual y con la protección adecuada (distancia, mascarilla, en deportes no acuáticos, cuando sea posible, etc.)”. No queda claro si la moto se comprende como ocio individual, de manera que este punto queda abierto a la interpretación. Para la mayoría de nosotros está claro que la moto es un objeto de ocio individual, pero puede que los agentes no lo entiendan así.
La Fase 1 habla de la posibilidad de hacer deporte en “Instalaciones deportivas al aire libre sin público (solo para practicar deportes en los que no exista contacto: atletismo, tenis). / Actividades deportivas individuales con previa cita en centros deportivos que no impliquen contacto físico ni uso de vestuarios”. Este punto encajaría con el uso de circuitos para hacer tandas, incluso para la práctica del cross.
Como en los otros casos, la ausencia de referencias concretas al uso de la moto nos lleva a la prudencia y a esperar la publicación en el BOE, que debería clarificar cada caso, antes de encontrarnos con problemas por las diferentes interpretaciones.
Otras dudas
¿Puedo llevar la moto al taller?
Sí, está permitida la apertura de los talleres de reparación y mantenimiento de vehículos a motor, así como las actividades complementarias para los vehículos autorizados a circular. No obstante, hay talleres y concesionarios que no están abiertos y la mayoría de los que están abiertos lo hacen con menos personal, lo que por lógica sugerimos llamar antes.
¿Qué pasa si me caduca la ITV durante el estado de alarma?
Si la ITV de tu vehículo ha caducado durante el periodo del estado de alarma, éste se considerará prorrogado temporalmente, pudiendo conducir sin ningún problema mientras dure este periodo excepcional, dado que los centros de ITV estarán cerrados mientras dure el estado de alarma.
¿Puedo conducir con el carnet caducado?
Los permisos cuyo periodo de vigencia finalice durante el estado de alarma quedan automáticamente prorrogados mientras dure el mismo y hasta sesenta días después de su finalización.
Tomado de solomoto.es