Maneja dentro de la Ley: ¿Conoces las reglas de tránsito de tu Estado?
Si crees que todos los reglamentos de tránsito en México son iguales, estás equivocado.
Por sentido común, podemos conducir una moto en cualquier Estado y cumplir más o menos con las reglas, pero en realidad son pocos los que han actualizado sus normas de tránsito, lo que significa que no están homologadas.
Según un estudio del Centro de Experimentación y Seguridad Vial México (Cesvi), empresa que trabaja en la prevención de accidentes de tránsito, la mitad de los Estados de la República no han cambiado sus reglamentos.
Existen reglamentos de tránsito a nivel local y estatal. Según las cifras de Cesvi, de la mitad de las Entidades que actualizaron sus reglamentos, sólo el 35 por ciento lo han hecho a nivel estatal y el 15 por ciento sólo lo ha hecho en sus capitales.
En opinión de Ángel Martínez, director general de Cesvi México, la disparidad para calificar los riesgos de tránsito vehicular hace necesaria la creación de un reglamento de movilidad a nivel nacional que ponga a todos los Estados bajo las mismas normas.
La entidad con el reglamento más actualizado es CDMX, que lo publicó en 2018, pero el Estado de México, con el que comparte gran parte de su parque vehicular, no es igual.
Por ejemplo, en la Ciudad de México se utiliza la Unidad de Cuenta (equivalente a 69.95 pesos) para aplicar los montos de las multas y la aplicación de un sistema de puntos para las licencias de conducir, pero en el resto de las Entidades Federativas se utiliza el salario mínimo como medida y no se cuenta con el sistema de puntuación.
Otra diferencia es que en la Capital es obligatoria la preferencia de paso del peatón y los usuarios vulnerables, aspecto que se contempla en el 84 por ciento de los reglamentos a nivel nacional, lo que quiere decir que el restante 14 por ciento no lo exige.
En específico para motociclistas, la mayoría de los reglamentos a nivel nacional contempla el uso obligatorio de casco, pero el 63 por ciento de ellos no lo exige para el pasajero.
En la actualización, el límite de velocidad en CDMX se redujo en 28 por ciento, por lo que lo que es considerado un exceso en la Capital puede ser perfectamente legal en otros Estados. Lo mismo sucede con las sanciones por conducir bajo los efectos del alcohol.
Otra diferencia importante está en las sanciones por el uso de distractores, como teléfonos celulares, mientras se conduce. Mientras el reglamento actualizado aumentó las multas en 46 por ciento, el 40 por ciento de los estatales ni siquiera lo contempla.
Finalmente, la obligatoriedad de una póliza de seguro por lo menos de daños a terceros, algo que no se exige en la mitad del territorio nacional.
Otras actualizaciones contemplan, por ejemplo, lugares designados para estacionar motos en zonas con parquímetros; la obligación de circular todo el tiempo con las luces traseras y delanteras encendidas; el uso de bandas reflejantes en horario nocturno; transportar pasajeros menores de 12 años frente al manubrio, y que está permitido filtrar entre carriles cuando el tráfico está detenido.
En Jalisco, en 2018, se agregó la obligatoriedad de portar una prenda reflejante y la matrícula de la moto en un lugar visible de la misma, pero sólo para motos de menos de 250 cc, como una idea para luchar contra la delincuencia en motos de baja cilindrada. En Querétaro es obligatorio llevar la matricula, ¡pero en el casco!
Esto ha generado muchas quejas ante Derechos Humanos por discriminación y por atentar contra la dignidad humana, pero se mantiene en los reglamentos.
Es una obligación de cada motociclista conocer los reglamentos de tránsito de su Estado e informarse antes de visitar otro, pero además utilizar el sentido común y la cortesía, ya que el respeto y cuidado de los demás es vital para la convivencia en las calles, aunque no esté reglamentado en todo el País.
Tomado de revistamoto.com