Cómo transferir una moto entre particulares sin contratar una gestoría
Transfiere tú mismo y ahórrate dinero
En muchas ocasiones, durante las operaciones de compra-venta, la transferencia de la moto (ponerla a nuestro nombre) no se realiza en el momento. Aquí te contamos todo lo que debes tener en cuenta para realizar bien el cambio en la DGT y que no haya vehículos a nombre de otro circulando por ahí.
Transferir legalmente una moto es fundamental. Muchas veces se cierran los acuerdos en fin de semana o festivo y, aunque lo mínimo es firmar un contrato de compra-venta adjuntando la fotocopia del DNI por ambas partes, después hay que formalizar la operación y notificarlo oficialmente a la Dirección General de Tráfico (DGT).
Esta acción puede realizarse a través de una gestoría o, directamente, podemos hacerlo nosotros mismos, con lo que ahorraremos dinero. En caso de no hacerlo y, pensando mal, el comprador del vehículo puede usarlo incorrectamente y, en caso de cometer una infracción, llegará al titular que tengan registrado con esa matrícula. Poca broma.
Para empezar, todo lleva un coste y, normalmente, la transferencia siempre corre a cargo del comprador, que para eso es el principal interesado. Si compramos nosotros nunca está de más solicitar un informe de titularidad de la moto, simplemente para asegurarnos de que no tiene ningún tipo de carga fiscal pendiente (financiación, embargos, impuestos, multas, etc) y conocer el historial de dueños e ITV.
Si todo está correcto podemos recurrir a una gestoría adjuntando una copia del contrato, del permiso de circulación, otra de la tarjeta de inspección técnica y las fotocopias del DNI (vendedor y comprador). Tras pagar el coste que indique la gestoría, sólo será cuestión de tiempo recibir nuestra nueva documentación. Una segunda opción, más cómoda pues no debemos movernos de casa, sería recurrir a plataformas online específicas para esta tarea.
Si tienes tiempo, también puedes hacerlo tú mismo físicamente:
- Lo primero es pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (modelo 620/621) en las delegaciones de Hacienda (en algunas Comunidades Autónomas es posible realizar la liquidación de forma telemática).
- Después debes acudir a cualquier Jefatura de Tráfico (pedir cita previa) para presentar todos los documentos: contrato de compra-venta, DNI comprador y vendedor, papeles de la moto) además de los formularios de Notificación de Venta y Cambio de Titularidad.
Cabe recordar que, en cualquier caso, si la operación se realiza a partir del 1 de enero (incluso si es el día 2), el coste del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (impuesto de circulación) de ese año repercutirá en el titular que figure ese día, algo a tener en cuenta para que no nos llevemos una sorpresa si llega “el numerito” a nuestro buzón el segundo trimestre.
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